Fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el IRPH

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea respalda a los consumidores dictando un fallo en el que si bien, no condena como abusiva de forma generalizada la cláusula que establece el cálculo del interés por el IRPH (Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios), si permite a los Jueces españoles anular caso por caso, si el cliente no ha comprendido dicha claúsula.

Dicho fallo obedece a que el IRPH es un índice oficial y por ello, conocido, pero como bien dice la sentencia, otra cosa es que sea claro y comprensible para el consumidor.

Traslada la obligación de prueba al contratante de la hipoteca que tendrá que demandar a la entidad financiera acreditando que dicha cláusula no era ni clara ni comprensible para él, recomendando desde la Asociación de Propietarios que antes de iniciar la vía judicial se reclame de forma amistosa ante la propia entidad.