Nota de prensa tras la modificación de la norma tributaria sobre la liquidación cuando no existe incremento de valor en los terrenos.

Nota de prensa
HABIENDO DADO LA RAZóN AL CONTRIBUYENTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN EL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS CUANDO NO HAY INCREMENTO DE VALOR LAS JUNTAS GENERALES HAN PROCEDIDO A MODIFICAR LA NORMA TRIBUTARIA.

La norma Tributaria aprobada da respuesta a la Sentencia del Tribunal Constitucional dejando sin efecto la liquidación cuando no existe incremento del valor de los terrenos, pero no satisface al contribuyente, ya que simplemente da una solución rápida al problema dejando para el futuro una verdadera regulación del impuesto.

Hay que hacer constar que la norma no se toca, simplemente se modifica en el sentido de que cuando no exista incremento del valor de los terrenos no habrá liquidación del impuesto, es decir, se ha regulado únicamente en el sentido de saber si estamos ante un hecho imponible o no para liquidar el impuesto.No se ha estudiado en profundidad ningún sistema de actualización de los valores, ni se legisla sobre cuando el incremento es tan pequeño que se paga mas por el impuesto que lo que realmente es el incremento.

POR ELLO Y ANTE ESTA NUEVA REGULACIóN Y SUS PROBLEMAS, LA ASOCIACIóN DE PROPIETARIOS DARA UNA IMPORTANTE CHARLA EL PRóXIMO DíA 10 DE MAYO A LAS 17H EN LA SALA AUDITORIO DEL MUSEO ARTIUM A LA QUE ESPERAMOS TENGA MáXIMA REPERCUSIóN Y AUDIENCIA DADA LA IMPORTANCIA DEL TEMA A TRATAR.